La ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, define
daños derivados del trabajo como:
“Las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con
motivo u ocasión del trabajo”.
Los daños más
importantes son:
- Accidentes de
trabajo.
- Enfermedades
profesionales.
- Enfermedades
relacionadas con el trabajo.
- Otros daños para la salud originados por unas deficientes
condiciones de trabajo.
Solo las dos primeras definiciones suponen un concepto legal
reconocido por la Seguridad Social.
Accidentes de Trabajo
- Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador
sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
- Tendrán la consideración de accidente de trabajo:
- Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo (in itínere)
- Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en el que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.
- Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aún siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.
- Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.
- Las enfermedades no incluidas en el artículo siguiente, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.
- Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
- Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.
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- En resumen, para considerar un accidente de trabajo como tal, la ley exige tres condiciones:
Existencia de lesión (física o psíquica).
Trabajo por cuenta ajena.
Relación causal entre la lesión y el trabajo.
Trabajo por cuenta ajena.
Relación causal entre la lesión y el trabajo.
Se entiende por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se indican en un cuadro que se aprueba por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que están provocadas por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.
El cuadro de Enfermedades Profesionales está dividido en 6 apartados:
- Enfermedades producidas por factores químicos.
- Enfermedades de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados.
- Enfermedades producidas por la inhalación de sustancia y agentes no comprendidos en otros apartados.
- Enfermedades producidas por agentes biológicos.
- Enfermedades producidas por agentes físicos.
- Enfermedades producidas por agentes carcinógenos.
Existen enfermedades con origen multicausal o más inespecíficas que no entran dentro de la definición legal.
Una EP se diferencia de un AT en que el accidente se presenta de forma súbita, mientras que la enfermedad es el resultado de un proceso lento y progresivo.
Enfermedades Derivadas del Trabajo
Son aquellas en las que las condiciones de trabajo son un elemento entre otros en la causa de una enfermedad con múltiples factores. Las enfermedades relacionadas con el trabajo son inespecíficas, no tiene un solo agente causal sino varios, y el trabajo puede causar las enfermedades en parte, agravarlas o acelerar su evolución.
Algunas de estas enfermedades son: la fatiga y la insatisfacción laboral, el estrés, el mobbing laboral, el síndrome de burnout ("estar quemado"), el envejecimiento prematuro...
Otros Daños para la Salud originados por una Deficientes Condiciones de Trabajo
El estrés laboral, la insatisfacción en el trabajo, el desgaste o fatiga crónica, el envejecimiento precoz, son productos todos ellos de la acción conjunta de diversos factores ambientales y de la organización y contenidos del trabajo.
Existen gran cantidad de interacciones entre diferentes factores que dan cuenta de la enfermedad resultante.
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